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Empresa RERA Nº 39/00118

¿Puedo hacer reformas en una nave con amianto sin retirarlo?

Muchas empresas e industriales se enfrentan a una situación delicada cuando necesitan acometer obras en sus instalaciones y descubren que la cubierta o algún elemento estructural contiene fibrocemento con amianto. La pregunta es lógica y frecuente: ¿es posible llevar a cabo reformas en una nave con amianto sin retirarlo previamente, o la normativa obliga siempre a proceder a su eliminación antes de iniciar cualquier obra?

La respuesta no es un simple sí o no. Depende del tipo de reforma, de la naturaleza del amianto presente, de su estado de conservación y, sobre todo, de lo que establece la legislación española vigente. Conocer bien estos factores puede marcar la diferencia entre actuar legalmente con seguridad o exponerse a sanciones graves y, lo que es más importante, a riesgos reales para la salud de los trabajadores y terceros.

En este artículo explicamos con detalle qué permite y qué prohíbe la normativa, qué condiciones deben cumplirse para realizar obras en naves con fibrocemento sin retirada previa, y cuándo la eliminación del amianto se convierte en un requisito ineludible.

Qué dice la normativa española sobre el amianto en obras

El marco legal fundamental en España es el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Esta norma no prohíbe expresamente realizar obras en edificios donde existe amianto sin retirarlo, pero sí impone condiciones muy estrictas que en la práctica limitan enormemente las posibilidades.

El RD 396/2006 establece que cualquier actividad que pueda suponer exposición a fibras de amianto debe ser notificada previamente a la autoridad laboral competente, debe estar precedida de un Plan de Trabajo aprobado por dicha autoridad y debe ser ejecutada por una empresa inscrita en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA). Esto incluye no solo la retirada del material, sino también trabajos de demolición parcial, perforaciones, cortes, lijados o cualquier intervención que pueda liberar fibras.

Además, la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales obliga al empresario a evaluar y controlar los riesgos antes de iniciar cualquier actividad. Si existe amianto en el entorno de trabajo, esa evaluación debe contemplar las medidas necesarias para proteger a los trabajadores.

En cuanto a los permisos municipales para reforma de edificios con amianto, muchos ayuntamientos exigen un certificado o informe sobre la gestión del amianto como parte de la documentación técnica necesaria para conceder licencias de obras en inmuebles que puedan contener este material.

Cuándo se puede reformar sin retirar el amianto

Existen escenarios en los que técnicamente es posible realizar determinadas obras sin proceder a la retirada inmediata del amianto, siempre que se cumplan condiciones específicas:

En cualquiera de estos casos, es imprescindible contar con un técnico cualificado que certifique el estado del material y que la intervención prevista no supone riesgo de exposición. Este informe técnico previo no es opcional: es una exigencia legal y de responsabilidad civil.

Cuándo la retirada del amianto es obligatoria antes de reformar

Hay situaciones en las que acometer obras en una nave con fibrocemento sin retirada previa no es posible ni legal:

En todos estos supuestos, intentar realizar las obras sin una empresa RERA y sin el plan de trabajo aprobado puede acarrear sanciones económicas muy elevadas, paralización de las obras por la Inspección de Trabajo y, en casos de accidente o daño a la salud, responsabilidades penales para los promotores y contratistas.

Gestión del amianto y permisos para reformar: pasos recomendados

Antes de iniciar cualquier reforma en una instalación que pueda contener amianto, se recomienda seguir este proceso:

1. Encargar una inspección técnica previa para identificar la presencia, tipo y estado de conservación del amianto.
2. Evaluar si las obras afectan o no al material con amianto, con el criterio de un técnico especializado.
3. Consultar con el ayuntamiento los requisitos documentales para la licencia de obras, incluyendo lo relativo al amianto.
4. Contratar una empresa RERA si las obras requieren manipulación del material, para que elabore y tramite el Plan de Trabajo ante la autoridad laboral.
5. Esperar la aprobación del Plan de Trabajo antes de iniciar cualquier actividad con riesgo de exposición.
6. Gestionar el residuo correctamente: el fibrocemento con amianto es un residuo peligroso y debe trasladarse a un vertedero autorizado con la documentación de control correspondiente.

Si te has encontrado en esta situación durante una obra en curso, puede ser útil consultar [¿Qué hacer si encuentro amianto durante una reforma?](https://cubiertasyamianto.com/que-hacer-si-encuentro-amianto-durante-una-reforma/), donde se detallan los pasos a seguir para actuar correctamente sin poner en riesgo a nadie.

También puede interesarte conocer los plazos legales y recomendados en [¿Cuánto tiempo tengo para retirar el amianto una vez detectado?](https://cubiertasyamianto.com/cuanto-tiempo-tengo-para-retirar-el-amianto-una-vez-detectado/), o consultar si tu póliza puede cubrir parte de los costes en [¿El seguro del hogar cubre la retirada de amianto?](https://cubiertasya