Normativa amianto en Cantabria: ICASST y regulación autonómica específica
La presencia de amianto en edificios, naves industriales y cubiertas agrícolas sigue siendo una realidad en Cantabria, como en el resto de España. Aunque su uso quedó prohibido definitivamente en 2002 mediante el Real Decreto 1379/2002, los materiales que lo contienen todavía persisten en miles de construcciones levantadas antes de esa fecha. Gestionar correctamente esa herencia implica conocer bien la normativa amianto Cantabria ICASST, tanto en su vertiente estatal como en los instrumentos propios que ha desarrollado la comunidad autónoma.
La normativa de referencia a nivel nacional es el Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto. Este reglamento regula desde la evaluación de riesgos hasta los procedimientos de trabajo, la vigilancia de la salud de los trabajadores y las obligaciones de las empresas que intervienen en demoliciones, mantenimiento o retirada de materiales que contengan fibras de amianto. Sin embargo, para operar legalmente en Cantabria es imprescindible conocer también el marco autonómico, que añade capas adicionales de control a través del ICASST.
Cantabria ha apostado por una gestión rigurosa de los riesgos laborales y ambientales asociados al amianto, atribuyendo al Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo (ICASST) un papel central en la autorización y supervisión de las empresas que realizan trabajos con este material. Esta estructura refuerza las garantías tanto para los trabajadores expuestos como para los propietarios que contratan estos servicios.
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El papel del ICASST en la regulación del amianto en Cantabria
El ICASST (Instituto Cántabro de Seguridad y Salud en el Trabajo) es el organismo dependiente de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno de Cantabria encargado de gestionar, entre otras materias, todo lo relacionado con la seguridad y salud laboral en la región. En el ámbito del amianto, sus funciones son determinantes.
El RD 396/2006 obliga a que todas las empresas que realicen trabajos con amianto estén inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo de Amianto (RERA). Este registro tiene carácter nacional, pero la inscripción y el control se gestionan a través de la autoridad laboral competente de cada comunidad autónoma. En el caso de Cantabria, esa autoridad es precisamente el ICASST.
Entre las funciones concretas del ICASST en esta materia destacan:
- Tramitar las solicitudes de inscripción en el RERA de las empresas que deseen operar en Cantabria.
- Recibir y validar los planes de trabajo que las empresas deben presentar antes de cada intervención con amianto, tal y como exige el artículo 11 del RD 396/2006.
- Supervisar el cumplimiento de las medidas preventivas establecidas en dichos planes.
- Gestionar la vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos, en coordinación con el sistema sanitario cántabro.
- Mantener el archivo de los historiales de exposición de los trabajadores, garantizando su trazabilidad a largo plazo.
La ley amianto Cantabria no se concreta en una norma autonómica específica con ese nombre, sino que el marco regulador se articula a través de la aplicación del RD 396/2006 y demás normativa estatal, complementada por las instrucciones y procedimientos internos del ICASST. Esta combinación asegura que los estándares exigibles en Cantabria estén plenamente alineados con la legislación europea y nacional.
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Obligaciones concretas para propietarios y empresas en Cantabria
Si eres propietario de un inmueble en Cantabria que contiene materiales con amianto, o si gestionas una empresa que debe acometer trabajos de mantenimiento o derribo, conviene conocer con precisión qué exige la normativa vigente.
Para los propietarios, la principal obligación es contratar exclusivamente a empresas inscritas en el RERA para cualquier trabajo que implique manipulación o retirada de materiales con amianto. Además, cuando se trata de inmuebles de uso laboral, el empresario titular debe realizar una evaluación del riesgo e identificar los materiales con amianto presentes, según lo previsto en el RD 396/2006. Esto aplica especialmente en naves industriales, almacenes o instalaciones con cubiertas de fibrocemento. Si tienes dudas sobre si tu cubierta contiene amianto, puedes consultar las preguntas frecuentes sobre el amianto para orientarte antes de contactar con un especialista.
Para las empresas de retirada, los requisitos son más exigentes:
- Inscripción vigente en el RERA, otorgada por el ICASST si operan en Cantabria.
- Presentación de un plan de trabajo específico para cada obra o intervención, con al menos 30 días de antelación.
- Disposición de equipos de protección individual homologados y formación acreditada de todos los trabajadores.
- Gestión adecuada de los residuos de amianto como residuos peligrosos, con transporte autorizado y depósito en vertedero habilitado.
- Medición de fibras en el ambiente durante los trabajos, en los casos que contempla la normativa.
La retirada de amianto en Cantabria solo puede llevarse a cabo por empresas que cumplan la totalidad de estos requisitos. Contratar a una empresa no registrada supone una infracción grave tanto para la empresa ejecutora como, en determinados supuestos, para el propio titular del inmueble.
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El plan de trabajo: pieza clave del sistema de control
Uno de los elementos más relevantes del RD 396/2006, y sobre el que el ICASST ejerce un control directo, es el plan de trabajo. Este documento debe presentarse antes de cualquier intervención con amianto y contiene información detallada sobre:
- La naturaleza y duración previsible de los trabajos.
- El lugar donde se realizarán.
- Los métodos de trabajo que se aplicarán.
- Las medidas preventivas adoptadas para reducir la exposición de trabajadores y terceros.
- El número de trabajadores implicados y su formación acreditada.
- Los equipos utilizados para la protección individual y colectiva.
- Las medidas de gestión y eliminación de los residuos generados.
El ICASST dispone de un plazo para resolver sobre la adecuación del plan. Solo cuando el plan está aprobado puede iniciarse la intervención. Este mecanismo preventivo es fundamental para garantizar que cada trabajo se realiza con las máximas garantías de seguridad.
Para saber más sobre el proceso de inspección previo a los trabajos, puedes consultar el artículo sobre el informe de inspección de amianto: cuándo es obligatorio y cómo solicitarlo.
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